Impuesto Predial - Inconstitucionalidad de la fracción IV del Artículo 282 del Código Fiscal de la Ciudad de México
  • Abogados Involucrados
  • Es un placer informarles, que en la sesión celebrada el 1° de febrero de 2024, el Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa resolvió conceder el amparo y la protección de la Justicia Federal en un juicio de amparo patrocinado pro bono por nuestra Firma. En este asunto combatimos la inconstitucionalidad de una norma que restringía de manera injustificada el acceso a la reducción del pago del Impuesto Predial para adultos mayores en situación de vulnerabilidad, cuando el valor catastral del inmueble supera los $2’432,573.00 pesos.


    La sentencia emitida por el Tribunal Colegiado respalda nuestros argumentos al determinar que la fracción IV del Artículo 282 del Código Fiscal de la Ciudad de México viola el derecho fundamental de equidad tributaria previsto en el Artículo 31, fracción IV de la Constitución Federal. Esta violación se basa en la exclusión injustificada de la aplicación de la reducción al pago del Impuesto Predial, contemplada en tal precepto para adultos mayores sin ingresos fijos, únicamente en función del valor catastral de su propiedad, cuando éstos comparten
    las mismas condiciones que aquellos que sí podrían acceder a dicho subsidio.


    En Von Wobeser y Sierra nos complace compartir el exitoso resultado alcanzado en el presente asunto, y reafirmamos nuestro compromiso de contribuir a la comunidad mediante la promoción y desarrollo de la cultura del trabajo pro bono.


    En caso de requerir información adicional, no duden en contactar a nuestros socios expertos en la temática:


    Alejandro Torres, Socio:+52 (55) 5258-1072 | ajtorres@vwys.com.mx


    Juan Manuel Morán, Asociado:+52 (55) 5258-1072 | jmoran@vwys.com.mx