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La Comisión Nacional de Hidrocarburos emite la convocatoria y las bases de la primera licitación de la Ronda 2
Agosto, 2016

2 de agosto de 2016.

Apreciables clientes y amigos,

El pasado 20 de julio de 2016 la Comisión Nacional de Hidrocarburos publicó en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria y las bases mediante la cual inició al primer procedimiento de licitación de la Ronda 2. Dicha licitación tiene por objeto adjudicar contratos de producción compartida para la exploración y extracción de hidrocarburos en aguas someras ubicadas en las provincias petroleras Tampico-Misantla, Veracruz y Cuencas del Sureste en el Golfo de México. La licitación se encuentra integrada por 15 áreas contractuales o bloques, dentro de los cuales se encuentran ciertos bloques que en su momento no fueron adjudicados en la primera y segunda licitación de la Ronda 1, mediante la cual también se adjudicaron contratos de producción compartida.

Comunicado sobre Protección de Datos Personales en México
Julio, 2016

Cambios a la forma en la que se vigilará y deberá dar cumplimiento a la LFPDPPP.

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El nuevo paradigma de anticorrupción en México
Julio, 2016

Los invitamos a acompañarnos para revisar "El nuevo paradigma de anticorrupción en México".

Congreso Mexicano Emite Regulación Secundaria Anticorrupción
Junio, 2016

El Congreso aprobó las leyes complementarias del Sistema Nacional Anticorrupción.

24 de junio de 2016.

Apreciables clientes y amigos,

El 27 de mayo de 2015 se publicó la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción. Esta reforma creó el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) como un órgano de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno para la prevención, detección y sanción de hechos de corrupción. Dentro del año siguiente a la publicación de la reforma constitucional, el Congreso mexicano debía expedir las leyes secundarias que regulen el SNA.

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Latin Lawyer: Panama Papers leak sparks Mexican investigation – Fernando Carreño
Junio, 2016

La autoridad de competencia en México está re-examinando una fusión farmacéutica, después de que los documentos de Panama revelaron la compra que había sido supuestamente financiada por la esposa del propietario de su mayor rival.

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Global Competition Review (GCR): Panama Papers leak sparks Mexican investigation – Fernando Carreño
Junio, 2016

La autoridad de competencia en México está re-examinando una fusión farmacéutica, después de que los documentos de Panama revelaron la compra que había sido supuestamente financiada por la esposa del propietario de su mayor rival.

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Latin Lawyer: México aprueba “loca” ley de transparencia – Adrián Magallanes
Junio, 2016

Un ajuste de último momento a la legislación mexicana contra la corrupción, señala que se colocarán gravosas obligaciones de información sobre todos los contratistas del gobierno es poco práctico y equivale a una invasión de la privacidad de los empleados, dicen los abogados.

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Global Investigations Review (GIR): México aprueba “loca” ley de transparencia – Adrián Magallanes
Junio, 2016

Un ajuste de último momento a la legislación mexicana contra la corrupción, señala que se colocarán gravosas obligaciones de información sobre todos los contratistas del gobierno es poco práctico y equivale a una invasión de la privacidad de los empleados, dicen los abogados.

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Global Arbitration Review (GAR) – Modelo takes Crown in beer dispute.
Junio, 2016

Cervecera mexicana “Grupo Modelo” ha ganado un arbitraje ICC con Guatemalan Partners quienes vendieron la imitación de la cerveza Corona en los Estados Unidos Americanos y Australia. Grupo Modelo fue representado por la firma Mexicana Von Wobeser & Sierra.

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Criterio sobre el cálculo de salarios caídos
Junio, 2016

17 de junio de 2016.

Apreciables clientes y amigos,

Como es de su conocimiento, a partir de la reforma laboral de noviembre de 2012, se limitó el computo de salarios caídos (salarios que se generan desde la fecha del despido de un empleado hasta aquella fecha que se dé cumplimiento al laudo, incluyendo todos aquellos generados durante el juicio laboral) estableciendo que su pago sería hasta por un periodo de doce meses, y posterior a dicho periodo se generaría un interés del 2% sobre la base de quince meses de salario capitalizables al momento del pago. Al respecto se generó incertidumbre puesto que no resultaba clara la forma en la que debía calcularse el interés mencionado, ni a qué se refería el concepto "capitalizable".